Arcad Expert Consulting SRL son los contables de Asemer y este mes quieren llamar la atención de todos los miembros asociados de ASEMER y de todos los lectores de la Revista mensual, sobre la introducción de medidas de amnistía fiscal y devoluciones (mediante GEO 107/2024) tanto para personas jurídicas como para personas físicas, de la siguiente manera:
1. Cancelación de obligaciones fiscales accesorias, para personas jurídicas.
Las personas jurídicas podrán beneficiarse de la cancelación de intereses, penalidades y todos los accesorios relacionados con las principales obligaciones presupuestarias pendientes al 31 de agosto de 2024, bajo las siguientes condiciones:
Presentar una solicitud de cancelación de los accesorios hasta el 25.11.2024, bajo pena de caducidad;
Liquidar las principales obligaciones presupuestarias pendientes el 31 de agosto de 2024, hasta la fecha de presentación de la solicitud de cancelación, pero a más tardar el 25 de noviembre de 2024 inclusive;
Pagar las obligaciones presupuestarias principales y accesorias con plazos de pago entre el 1 de septiembre de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud de cancelación, pero a más tardar el 25 de noviembre de 2024;
Haber presentado todas las declaraciones de impuestos, según el vector tributario, hasta la fecha de presentación de la solicitud de cancelación de los accesorios.
2. Cancelación de obligaciones fiscales accesorias, así como de algunas obligaciones fiscales principales, para personas físicas.
Las personas físicas, incluidas las que ejerzan actividades independientes o profesiones liberales, podrán beneficiarse tanto de la cancelación de obligaciones fiscales accesorias como de obligaciones presupuestarias principales pendientes, en las siguientes condiciones:
2.1. Las personas físicas que registren obligaciones presupuestarias principales pendientes de pago el 31 de agosto de 2024 inclusive, inferiores a 5.000 lei inclusive, podrán beneficiarse de:
(a) cancelación de un porcentaje del 50% de las principales obligaciones presupuestarias, pendientes de pago el 31 de agosto de 2024 inclusive, en el caso de que se extingan en un porcentaje del 50% a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación, pero a más tardar que la fecha del 25 de noviembre de 2024;
(b) cancelación de intereses, multas y todos los accesorios relacionados con las principales obligaciones presupuestarias, pendientes de pago a 31 de agosto de 2024 inclusive, si se cumple la condición del punto (a) anterior.
2.2. Las personas físicas que registren obligaciones presupuestarias principales pendientes de pago al 31 de agosto de 2024 inclusive, superiores a 5.000 lei, podrán beneficiarse de:
a) cancelación de un porcentaje del 25% de las principales obligaciones presupuestarias, pendientes de pago el 31 de agosto de 2024 inclusive, en el caso de que se extingan en un porcentaje del 75% a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación, pero a más tardar la fecha del 25 de noviembre de 2024;
b) cancelación de intereses, multas y todos los accesorios relacionados con las principales obligaciones presupuestarias, pendientes de pago el 31 de agosto de 2024 inclusive, si la condición de carta a).
3. El otorgamiento de bonificaciones del 3% para personas jurídica.
Una bonificación de oficio es otorgada por el órgano fiscal central, mediante resolución, a los contribuyentes que pagan el impuesto a las ganancias o el impuesto a la renta de las microempresas, bajo las siguientes condiciones:
– presentó todas las declaraciones según el vector fiscal;
– el impuesto anual a las ganancias/impuesto a la renta de las microempresas correspondiente al año 2024/el ejercicio fiscal modificado que comienza en 2024, según sea el caso, se encuentran totalmente extinguidos y en los plazos previstos por la ley;
– no registra ninguna otra obligación tributaria/presupuestaria pendiente en el plazo legal para la presentación de declaraciones del impuesto a las ganancias anuales, respectivamente, para el impuesto a la renta de las microempresas correspondiente al IV trimestre del año fiscal 2024 La devolución es del 3% del impuesto a las ganancias o renta del año 2024.
Las cantidades objeto de la bonificación no se devuelven, sino que se destinan a compensar las obligaciones tributarias del contribuyente.
El equipo de Arcad puede ofrecer asistencia para enviar solicitudes de cancelación, por una tarifa adicional acordada con usted para cada caso individual.
Impuesto de lujo
1. Si es propietario de un edificio cuyo valor supera los 2.500.000 lei, deberá presentar la declaración 216 antes del 30.09.2024 mediante la cual declarará y pagará el impuesto del 0,3% aplicado a la diferencia que supere los 2.500.000 lei. En otras palabras, si su edificio tiene un valor de 3.000.000 lei, el impuesto del 0,3% se aplica a 500.000 lei y pagará 1.500 lei hasta el 30.09.2024. El valor del edificio deberá deducirse de la decisión fiscal del DITL. ¡Este impuesto se aplica sólo a personas físicas!
2. Asimismo, mediante la misma declaración nº 216, se declara el impuesto especial relativo a los automóviles cuyo valor supere los 375.000 lei, al que se aplica el mismo tipo del 0,3% sobre la diferencia que supere los 375.000 lei. Así, si tenemos un coche cuyo valor es 495.000 lei, a 120.000 lei se le aplica el tipo del 0,3% y se pagará un impuesto de 360 lei hasta el 31.12.2024. Este impuesto se aplica tanto a personas físicas como jurídicas (empresas).
El impuesto especial para automóviles se calcula durante 5 años a partir de la fecha de recepción del automóvil, por lo que incluso si posee un automóvil cuyo valor supera los 375.000 lei pero tiene más de 5 años, este impuesto no se debe pagar.
Para más información:
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